Decreto 75/2001, de 13 de marzo, por el que se regula el Observatorio de la Infancia en Andalucía (BOJA n.32, de 17.03.01)


2641

Año: 2001

Autor: Consejería de Asuntos Sociales de la Junta de Andalucía

Lugar de Edición: Sevilla

Editorial: Boletín de la Junta de Andalucía (BOJA)

Año de edición: 2001

Páginas: 3 p.

Ámbito geográfico: Autonómico

Idioma: Español

Fuente: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA)

Formato: Electrónico

Órgano: Consejería de Asuntos Sociales de la Junta de Andalucía

Rango: Decretos

Temáticas: Derecho y legislación

Descriptores: derecho, legislación, infancia, Comunidad Autónoma de Andalucía, observatorios

Resumen:

Naturaleza y adscripción

El Observatorio de la Infancia en Andalucía es un órgano colegiado, de carácter consultivo y de propuesta, que se adscribe a la Dirección General competente en materia de atención a los menores.

Objetivos

1. El Observatorio de la Infancia en Andalucía tiene por objeto el desarrollo de las actuaciones de investigación, formación y documentación, así como el establecimiento de un sistema de información que permita el adecuado conocimiento, análisis técnico, seguimiento y evolución de los asuntos relacionados con los derechos y la atención a los menores.

2. El Observatorio de la Infancia en Andalucía desarrollará sus objetivos en el ámbito de los siguientes niveles de actuación:

  • Investigación: Mediante la promoción de proyectos de investigación sobre las materias relacionadas con los derechos y la atención a los menores.
  • Documentación: Con la producción, coordinación y divulgación de documentación especializada sobre el menor.
  • Formación: Con el desarrollo de planes y programas de formación, sobre los derechos y la atención a los menores, destinados a aquellos colectivos directamente implicados en funciones relacionadas con esta materia.
  • Información: Con el objeto de disponer de la información necesaria, a fin de permitir el adecuado conocimiento y análisis de la situación de los menores en Andalucía, y el grado de satisfacción de los derechos reconocidos en favor de los menores.

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