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Observatorio de la Infancia en Andalucía y Adolescencia de Andalucía
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Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.


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Año: 1966

Autor: Naciones Unidas

Editorial: Naciones Unidas

Año de edición: 1966

Ámbito geográfico: Internacional

Idioma: Español

Fuente: Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos

Formato: Web

Órgano: Naciones Unidas

Temáticas: Cultura, ocio, tiempo libre y actividad física, Derecho y legislación

Descriptores: derecho civil, derechos políticos

Resumen: Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. Adoptado y abierto a la firma, ratificación y adhesión por la Asamblea General en su resolución 2200 A (XXI), de 16 de diciembre de 1966. Entrada en vigor: 23 de marzo de 1976, de conformidad con el artículo 49.
Referencia a la infancia en su artículo 24.
Observación general sobre su aplicación.
1. Todo niño tiene derecho, sin discriminación alguna por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, origen nacional o social, posición económica o nacimiento, a las medidas de protección que su condición de menor requiere, tanto por parte de su familia como de la sociedad y del Estado.
2. Todo niño será inscrito inmediatamente después de su nacimiento y deberá tener un nombre.
3. Todo niño tiene derecho a adquirir una nacionalidad.

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