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Observatorio de la Infancia en Andalucía y Adolescencia de Andalucía
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Declaración de los Defensores del Pueblo de España en defensa de niños y niñas extranjeros no acompañados


187

Año: 2019

Año de edición: 2019

Páginas: 1 p.

Idioma: Español

Fuente: Defensor del Pueblo Andaluz

Formato: Electrónico

Temáticas: Migración y minorías

Descriptores: migrantes, migración, derechos del niño, protección a la infancia, menores no acompañados

Resumen:

El Defensor del Pueblo de España y y los defensores de las Comunidades Autónomas de Andalucía, Aragón, Canarias, Galicia, País Vasco, Comunidad Valenciana, Navarra, Castilla y León y Cataluña reunidos en la ciudad de Tarifa (Cádiz), el 16 de octubre de 2019, promueven esta DECLARACIÓN, en defensa y protección de los niños y niñas que llegan a España sin la compañía de personas adultas que los protejan.

Preámbulo de la declaración

La atención a personas menores de edad que, siendo nacionales de otros países o apátridas, llegan a nuestro territorio, sin estar acompañadas por personas adultas responsables y sin referentes familiares en España, se mueve entre dos lógicas que operan, en muchas ocasiones, de forma contradictoria. La lógica de las políticas migratorias actualmente imperantes, cuyo objetivo es limitar el número de llegadas de personas, especialmente de determinados perfiles; y la lógica de la protección y defensa de los derechos reconocidos a la infancia y adolescencia en situación de desprotección.

Estos niños, niñas y adolescentes son menores y, por tanto, han de ser objeto de protección con independencia del grado de autonomía personal que hayan alcanzado. Sus motivaciones o el contexto del que provienen no pueden servir de excusa para construir respuestas y soluciones jurídicas que subrayen diferencias con los menores nacionales en situación de desamparo.

Corresponde a las defensorías del pueblo garantizar que las actuaciones de las distintas administraciones, con responsabilidad en la atención a estos menores de edad, respondan a su superior interés, primando, en todo caso, su condición de niño o niña respecto a la condición de inmigrante.

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