Buscar Redes sociales Youtube Facebook X rss Correo
Observatorio de la Infancia en Andalucía y Adolescencia de Andalucía
Está usted en: Inicio

Ley 1/1998 de 20 de abril, de los derechos y la atención al menor (BOJA n.53, de 12.05.98)


10805

Año: 1998

Autor: Presidencia de la Junta de Andalucía

Lugar de Edición: Sevilla

Editorial: Boletín de la Junta de Andalucía (BOJA)

Año de edición: 1998

Páginas: 12 p.

Ámbito geográfico: Autonómico

Idioma: Español

Fuente: Boletín de la Junta de Andalucía (BOJA)

Formato: Electrónico

Órgano: Presidencia de la Junta de Andalucía

Rango: Leyes

Temáticas: Bienestar social, protección y prevención, Derecho y legislación

Descriptores: derecho, derechos sociales, legislación, ley, atención, protección a la infancia, Comunidad Autónoma de Andalucía

Resumen:

La presente Ley se estructura en cuatro títulos:

  • El primero de ellos establece su objeto y ámbito de aplicación, los principios generales que la inspiran y las actuaciones concretas a que se comprometen las Administraciones Públicas de Andalucía para la promoción y protección de los derechos de los menores que se consideran de mayor importancia para su desarrollo integral.
  • El título segundo, dedicado a la protección de los menores, regula los criterios de actuación y el ámbito competencial de las distintas entidades que intervienen en la protección infantil, así como las actuaciones que la Administración ha de llevar a efecto a tal fin.
  • El título tercero, de la ejecución de las medidas adoptadas por los Jueces de Menores, viene a precisar las actuaciones y recursos concretos que la Administración Autonómica de Andalucía ha de poner en práctica a tal efecto.
  • El cuarto y último título establece el régimen sancionador de la Ley. Por disposiciones adicionales se crea la figura del Defensor del Menor en Andalucía; se especifica la especial vinculación en la aplicación de esta norma por parte de la Unidad del Cuerpo Nacional de Policía adscrito a la Comunidad Autónoma; se contempla la elaboración del Plan Integral de la Infancia; se crean los órganos de participación; se establecen medidas concretas para la investigación y formación; se prevé la prioridad presupuestaria en esta materia, y, por fin, con esta Ley, Andalucía se compromete con los menores de otros países (resumen sacado de ls propia Ley).

Descargar documento

Ir a página Web