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X Foro Andaluz de la Infancia

Programa

24 de Noviembre

09:30 Presentación de Dª Micaela Navarro Garzón. Consejera para la Igualdad y Bienestar Social. Junta de Andalucía

10:00 La toma de decisiones en el sistema de protección a la infancia

La toma de decisiones en el sistema de protección a la infancia

Antonio Molina Facio es Coordinador de la Oficina del Menor del Servicio de Protección de Menores de la Delegación Provincial de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social de Cádiz. Licenciado en Psicología, Especialista en Psicología Clínica y Máster en Intervención y Mediación Familiar por la Universidad de Sevilla.

La toma de decisiones es un aspecto fundamental que está presente en todo el proceso de la adopción de medidas de protección de las personas menores de edad y que influye de manera directa en la vida de estas personas. Es difícil contrastar la calidad de la toma de decisiones debido a la ausencia de sistemas de datos sobre idoneidad en la adopción de esas medidas.

Las variables que influyen en la toma de decisiones pueden estar relacionadas con el propio caso o con las personas encargadas de decidir. En el caso de los profesionales, existe por ejemplo una mayor disparidad de criterios dependiendo del tipo de maltrato que valoran, hay mayor inconsistencia en las decisiones ante los casos de abandono/negligencia que en los casos de maltrato físico. Además se observa que los profesionales hacen poco uso de los instrumentos estructurados para la toma de decisiones.

Artículo: LA TOMA DE DECISIONES PROFESIONALES EN PROTECCION DE MENORES

Artículo: LA TOMA DE DECISIONES PROFESIONALES EN PROTECCION DE MENORES

Presentación: LA TOMA DE DECISIONES PROFESIONALES EN PROTECCION DE MENORES

Presentación: LA TOMA DE DECISIONES PROFESIONALES EN PROTECCION DE MENORES

Como continuación a lo expuesto propongo que podamos seguir el debate a través de la plataforma online reflexionando sobre las siguientes cuestiones:


Propuestas para el debate

  • Se ha detectado que existen diferencias en la valoración de un mismo caso de riesgo/desprotección relacionadas con el tipo de maltrato que se valora. ¿Qué dificultades encuentras en la toma de decisiones en cada uno de estos casos?
  • ¿Con que barreras se encuentran los profesionales para utilizar los instrumentos específicos para la toma de decisiones?
  • En otros países se utilizan aplicaciones informáticas que aplican sistemas de decisiones estructuradas basados en instrumentos estandarizados. ¿Pensáis que es conveniente trabajar en este sentido? ¿Crees que sería posible?

Debate:

  • Antonia

    Buenos días, en mi opinión el menor debe de estar en todo momento arropado por sus padres y familiares, aunque por desgracia esto no es siempre posible, y entramos en los servicios sociales y su protección, lo cual siempre en beneficio del menor, no debemos de dejar nunca de hablarles de sus padres, siempre como primeras personas, e intentar que sin que en ocasiones sean sus referentes, ellos siempre sean las personas mas queridas y ocupen siempre el lugar de padres sean como sean.

  • Edelmiro

    La toma de decisiones es muy importante cuando las consecuencias afectan a la vida futura de un menor. Cambiarlo de hogar y de contexto, de colegio, de amigos, de educadores, de habitación, de ciudad…debe hacerse en la medida de lo posible fehacientemente informada, por consenso con todas las partes (equipos, familia, centros), haciendo participe al menor cuando este es lo suficientemente maduro (12 años) y …con firmeza cuando las circunstancias lo requieren. Distinguir lo importante de lo urgente y saber rectificar. Todas las decisiones equivocadas deben ser reversibles, rectificar es de sabios.

  • Fran

    Creo que es fundamental complementar la experiencia y profesionalidad de los técnicos con herramientas contrastadas que permitan obtener indicadores objetivos, medibles y compararables.

    • Carlos

      De acuerdo en lo que dices. No obstante para el diseño de herramientas de este tipo es fundamental implicar a los técnicos que finalmente son los que las van a usar, para no caer en el riesgo de que luego los instrumentos o herramientas se conviertan en un trámite en lugar de cumplir la funcion de ayuda en la toma de decisiones.

  • Juan

    La toma de decisiones en protección…con que soledad se encuentra un técnico a la hora de decidir…se nos llena la boca cuando hablamos de trabajo en red, de coordinacion, de cooperacion,…pero la realidad es tan diferente.

    Mi único deseo para este foro es que estos dos dias sirvan de espacio de reflexion profesional, de autocritica, y de cambio…que las dificultades que se planteen se les de solucion.

    Desde aqui revindico que desde las jefaturas de servicios, consigan encajar los diferentes protocolos de actuacion de todos los servicios implicados, que permitan trasladar la informacion para poder actuar, que el convenio de coordinacion deje deser un mero discuros de intenciones y se convierta en un instrumento real y efectivo. Que se informe, se conciencia y se obligue a utilizar los instrumentos existentes. Que se permita laboralmente la coordinacion mediante espacios creados para ello y con medidas laborales flexibles que lo posibilite.

  • Inma

    Me ha parecido muy interesante la intervención de Manuel Molina, estamos de acuerdo en que tendría que haber unos instrumentos de medida comunes y apropiados para la toma de decisiones. También pensamos que los recursos son fundamentales para poder trabajar en la línea de no separar a los menores de sus familias. La Junta de Andalucía en este sentido tendría que emplear más esfuerzos en la búsqueda de familias de acogida para cuando hay que hacer retirada sea lo menos doloroso para el menor.
    Respecto a la calidad del vídeo, apuntar que los ruidos de fondo distorsionan mucho, creo que debería mejorar en este sentido. Gracias.

    • Fran

      Hola Inma, tienes razón en que se necesitan más familias de acogida, en este sentido todos los esfuerzos serán siempre pocos.
      Te dejo un enlace donde puedes ver la campaña de Acogimiento de Urgencia puesta en marcha por la Consejería de Igualdad y Bienestar Social de la Junta de Andalucía

  • Javier Vilches

    En primer lugar, felicitarte por tu ponencia Antonio, ya que has planteado muchas de las dificultades que surgen en la toma de decisiones.
    Con respecto a los estudios que se están realizando en el país vasco, para poder mejorar y perfeccionar un sistema de valoración de los factores de riesgo, que permita a los profesionales optimizar la toma de decisiones, me gustaría hacer una reflexión, que tiene que ver con la vivencia que tienen los niños/as en las situaciones de maltrato. En mi opinión no solo es importante clasificar y clarificar las conductas y situaciones de malos tratos que pueden provocar los adultos en una familia con niños/as, también habría que valorar como estas situaciones están afectando-influyendo a este niño/a en concreto, ya que los estudios nos pueden dar una visión general, pero no todas las situaciones de maltrato afectan de la misma manera a los niños/as. Lo que pretendo argumentar es que además de manejar un buen sistema de clasificación de situaciones de malos tratos, los profesionales de debemos de ser expertos en evolutiva infantil, en el desarrollo psicológico, social y motor de los niños y niñas, para poder determinar con mayor exactitud el daño que está sufriendo el niño o niña concreto que estemos protegiendo.
    Un saludo.

    • Antonio Molina

      Felicitaciones también para tí Javier. Muchos de los instrumentos que valoran gravedad y entre ellos el que viene elaborando el equipo del País Vasco, no solo tiene en cuenta la conducta de los padres. Existe acuerdo entre los investigadores en valorar además la afectación del niño, dandole más o menos peso en función del tipo de maltrato de que se trate. En el artículo de Arruabarrena que he colgado dice algo de esto en la introducción. Lógicamente coincido contigo en que para hacer esto y en general para trabajar en protección de infancia hay que tener un buen conocimiento de lo que es un niño,

  • carmen

    Me ha parecido muy interesante la ponencia.
    Estoy totalmente de acuerdo con los compañeros que opinan que hay que conocer evolutivamente al niño para trabajar con menores en situaciones de protección. El desconocimiento hace que se tomen decisiones érroneas sobre ellos, y todos los que trabajamos con menores conocemos algunas desgraciadamente.

  • Juan Carlos Chans

    ¿Qué instrumentos aplicar y acompañar a los procedimientos de valoración , de situaciones de niñas y niños que inician dinámicas de emancipación familiar relacionados a determinantes étnicos culturales? estoy hablando d 12 y 13 años;con evidencia de prácticas de relaciones sexuales y altísmos riesgos de embarazos y paternidades inadecuadas ;abandonos irreversibles de escolarizaciones obligatorias;donde además confluyen por parte de los padres consentimientos vamos a decir que culturales , cuando no , en mi opinión dejación de las obligaciones inherentes a la patria potestad de los padres de estos menores ;¿qué hacer cuando la colaboración de los padres y los propios niños con las instituciones en este tipo de casos resultan imposibles? cuando la frecuencia de este tipo de casuísticas es muy elevada , en determinados entornos con elevados índices de población en situación de exclusión , aprecio que hay una tolerancia institucional generalizada ; ¿me pregunto si ello no roza el desamparo institucional de estos menores?mas cuando en muchos de estos casos resultan agravados además de por los elementos expuestos, por otras circunstancias incapacitantes en los padres de estos menores que inician dinámicas de emancipación(adicciones,actividades económicas marginales etc .Mi propuesta es de actuaciones basadas en valorar caso por caso , tolerancia mínima ,intervenciones institucioanles ejemplares ante todo caso del que la administración tenga datos suficientemente contrastados, flexibilidad e implicación de los menores hasta donde se pueda siempre ,gracias por el trabajo Antonio

  • Edelmiro

    Me pregunto y os pregunto si el sistema no actúa por inercia histórica con una actitud de “sobreprotección”, haciendo un uso abusivo del recurso residencial. Con el miedo a que el menor se vea agredido por su entorno, se le desarraiga de este y se le traslada a un centro donde, si el menor ha pasado ya la 1ª infancia y es conclictivo, tiene una discapacidad o algún tipo de trastorno (y quien no en semejantes ciscunstancias) puede estar durante muchos años con serias dificultades para ser visitado por sus iguales, para entablar relaciones sociales, para participar en salidas y excursiones como los demas niños, jóvenes o adolescentes; con el correspondiente déficit en su socialización. Me pregunto y os pregunto si no deberíamos abrir mas los centros de acogida residencial a su entorno y a su comunidad, salvaguardando la seguridad física y emocional del menor pero permitiendo que se prepare para lo que le espera a la mayoría de edad: lo mismo que a los demás jóvenes sin apoyo familiar.

  • Servicio de Protección de Menores (Sevilla)

    – El conflicto social es competencia de la Administración Local, no de la Autonómica. ¿Qué medidas alternativas de intervención tiene esta para los menores en conflicto?.
    – ¿Es necesario el consentimiento del menor para el acogimiento residencial al igual que lo es para el acogimiento familiar?.
    – ¿Se puede obligar a un menor a ser protegido con una medida de acogimiento?.
    – Por superior interés del menor se debería preservar la relación con la familia biológica. ¿No se crea un problema futuro de identidad al desvincular al infante de la familia biológica?.
    – Es muy importante que las medidas que se adopten sean revisables.

  • Servicio de Protección de Menores (Sevilla)

    – ¿Como se distingue entre una situación de riesgo y una de desamparo? ¿Es una familia recuperable? Al Equipo Técnico le falta una herramienta para discernir esta situación y tomar una decisión.
    – En las decisiones de gran calado la resolución judicial es indispensable.
    – Tanto apelar al superior interés del menor y se nos olvida preguntarle cuales son sus interes, y sobretodo facilitarle en los centros de protección los apoyos necesarios. ¿No estamos judicializando demasiado su vida y su futuro?.
    – El derecho procesal es tan garantista que bloquea las propias medidas de protección; tenemos una cadena que va excesivamente lenta por falta de medios en todas las administraciones.

  • José María (Equipos de Menores de Sevilla)

    Muy interesante tu trabajo Antonio.
    Me gustaría pregutarte algunas cosas, ahora aterrizo con un par de ellas.
    Existen diferentes propuestas respecto al modelo de toma de decisiones. Hay alguna que a tu criterio se adapte mejor a las particularidades de nuestro trabajo? Por otro lado, ¿conoces algún Sistema de apoyo a la toma de decisiones en grupo del tipo GDSS (group decision support systems)adaptado a nuestra tarea, y que incluyan un Sistema de Información útil?

    • Antonio Molina

      José María un abrazo. La mayoría de los estudios coinciden en que en nuestro entorno son mejores los sistemas de toma de decisiones estructurados (Structured Decision Making). Por otra parte no conozco ningún sistema de apoyo como el que indicas en nuestro sector, ya sabes que en nuestro ámbito no andamos muy al día en sistemas de información y comunicación. Buena idea investigar por ahí.

  • Susana

    Me siento muy identificada con muchas de las dudas planteadas en este foro. El trabajo en Protección de menores es un trabajo muy complicado y cada uno hacemos lo que podemos, pero creo que “el sistema” necesita una revisión urgente (el sistema completo, no sólo la legislación).
    En mi día a día me encuentro que lo que para mí es una situación de riesgo, para el de la mesa de al lado es un desamparo urgente o a la inversa. Que lo que para uno es una adopción, para otro es una reintegración con los padres…. en definitiva, que no tenemos un protocolo claro y el margen a la subjetividad es tremendo.
    En las valoraciones entran en juego factores ideológicos (o la comparativa que hacemos con nuestras propias condiciones de crianza)y no nos ponemos de acuerdo ni siquiera en hechos tan básicos como si el niño tiene o no cubierta la necesidad de alimentación, cada uno pone el “listón” donde le parece.
    Por poner un ejemplo, en caso de niños en guarda de hecho con familiares (abuelos, tíos…), para algún compañero es un archivo (“el niño tiene las necesidades cubiertas”), para otro es una tutela pública (“los padres no se hacen cargo”).
    La indefensión para usuarios y para el propio trabajador es importante…
    Los instrumentos “objetivos” que he visto, en general dejan de nuevo un amplio margen a la subjetividad, al tener que consignar simplemente si determinada necesidad está o no cubierta (que puede estarlo para mi, pero no para ti…). Sólo alguna vez he visto en manuales desgranado hasta que punto está cubierta o no una necesidad (graduando el cumplimiento, pero no en instrumentos propiamente dichos.

    Sería interesante crear un blog, un perfil de facebook o algo parecido para poder intercambiar material con profesionales de otros Servicios de Menores.

    • Antonio Molina

      Susana busca en facebook: redproinfa, se ha iniciado hace un par de días.

  • Susana

    Gracias Antonio, que bien!!

  • Chema

    Entiendo que herramientas tan potentes y bien validadas como la Escala de Valoración de Bienestar Infantil solo pueden ser utilizadas por profesionales o equipos que conocen a la familia de una forma intima y cercana sobre la base de un trabajo a lo largo de un periodo extenso, y que conocen las interacciones en el medio y en la casa. Me imagino que gran parte del duro trabajo de los profesionales de los SPM se vería facilitado por la aplicación de estas herramientas desde los ETF y los Servicios Sociales Comunitarios. ¿Conocen los EQM esta herramienta? ¿Resulta útil de cara a discernir entre el riesgo de desamparo, y el desamparo? Un saludo
    Chema

  • Rafael del Río Santana

    Buenos días: Soy Psicólogo, experto en Psicología Forense, con más de 20 años de ejercicio profesional. Desde mi modesta opinión, enhobuena a Antonio por su ponencia y a los compañeros que aportan sus ilustradas opiniones en el presente debate. Como apuntaban Sullivan et al. (2008) en su estudio, lo que aporta consistencia a las decisiones es el entrenamiento en la utilización del instrumento y que este no reemplace el juicio clínico del profesional. Junto a lo anterior, aportaría una adecuada valoración, basada en el rigor y carácter científico, por parte de los técnicos que tienen en sus manos declarar una situación de riesgo, desprotección o desamparo. Por favor, trabajar SIN PRISAS, SIN PRESIONES Y POR EL BIEN DE TODOS. Gracias y saludos a todos.

D. Antonio Molina Facio. Coordinador de la Oficina del Menor del Servicio de Protección de Menores de la Delegación Provincial de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social de Cádiz.

11:00 Hacia una visión histórico-comprensiva del maltrato

Hacia una visión histórico-comprensiva del maltrato

Javier Vilches Alonso es Psicólogo y Terapeuta Familiar con experiencia en el programa de mediación familiar y en el servicio público de formación y valoración para la adopción de la Junta de Andalucía y en los equipos de tratamiento familiar de los servicios sociales comunitarios de la Diputación de Huelva. Además, es miembro de la junta directiva de la Asociación Elipse de Terapia Familiar de Huelva.

Mi intervención pretende haceros reflexionar sobre como nuestras actitudes, creencias y emociones sobre el fenómeno del maltrato, influyen durante el trabajo con estas familias. Por otro lado es un intento hacia la comprensión del fenómeno de los malos tratos desde una perspectiva histórica y social.

El trabajo-tratamiento que se hace con los niños/as que han sufrido algún trauma, es de vital importancia. Estamos realizando una labor de prevención al permitirle al niño/a integrar y adquirir una sensibilidad hacia las necesidades de la infancia que posibilitará que esos niños puedan convertirse en padres y madres bien tratantes.

Nuestras emociones influyen sobre nuestras formas de relacionarnos con esas familias. Las formas que tenemos de mirar y tratar a estas familias va a influir en la relación de las mismas con nosotros. Para poder obtener una buena relación de colaboración (alianza), debemos lograr que nos gusten estas familias y para esto es básico centrarnos en descubrir también sus lados sanos y sus principales potencialidades.

Una de las herramientas que podemos utilizar para trabajar con padres que rechazan nuestra ayuda para con sus hijos, es comenzar por comprender la historia de privaciones que ellos tuvieron en su infancia. El objetivo es poder ayudarlos a evaluar lo injustas que fueron las situaciones que vivieron cuando eran niños, persiguiendo sensibilizarlos ante las necesidades que ahora presentan sus propios hijos.


Preguntas para el debate

¿Cuáles son las principales dificultades personales que te pueden surgir en el trabajo con familias que han tenido o que ejercen en la actualidad conductas maltratantes hacia sus hijos/as?


Durante mi intervención, el objetivo ha sido ofrecer una reflexión sobre la comprensión de cómo niños y niñas buenos y amorosos en sus orígenes, pueden llegar a ser padres que ejercen maltrato a sus propios hijos/as.

¿Por qué motivo crees que la sociedad se empeña en clasificar entre buenos y malos, víctimas y victimarios, en lugar de preguntarse como se pudo llegar a esa situación, por qué sucedió?

Si no nos preguntamos el porqué ocurren ciertos fenómenos en la temática del maltrato, no podremos llegar a elaborar efectivos planes de prevención con el objetivo de evitar que estas situaciones se sigan dando.


¿Qué aspectos, técnicas o ideas consideras que se podrían añadir a lo comentado con anterioridad, para ayudarnos a mejorar en nuestro trabajo con familias que están viviendo estas situaciones?


Debate:

  • Edelmiro

    La familia ha cambiado en los últimos cuarenta años de tal modo que el niño se ha convertido en un bien escaso entre las familias de clase media. Es adorado, mimado, tratado con esmero. Sin embargo entre las familias pobres de entornos marginales (en los márgenes de los escenarios del bien-estar) abundan los niños a los que no se trata tan bien. Se trata mal a los niños cuando no se tienen en cuenta sus necesidades y derechos fundamentales, cuando no se les respeta, o peor aún, cuando se les abandona, o se convierten en víctimas de adultos embrutecidos. Los romanos “exponían” a los niños no deseados. Las guerras han dejado miles de huérfanos abandonados en hospicios. Es preferible prevenir el maltrato que paliarlo, hay que atacar a las causas. Son las mismas de la violencia en todos sus órdenes.

  • Alvaro Solano

    Me interesa el enfoque histórico, pero mucho más las posibles explicaciones para la comprensión del fenómeno maltrato.Creo que en Colombia se dan muchas más sumatorias de determinantes.

    • Javier Vilches

      Este es uno de mis objetivos con la intervencion, Alvaro, que nos preguntemos como es posible que este padre-madre pudo hacer lo que hizo con su hijo/a.
      ¿ Que paso en la historia de este padre que nos permita comprender mejor el maltrato ? No conformarnos con un respuesta descriptiva, este padre es toxicomano y bastante agresivo, o tiene un trastorno de personalidad antisocial. Debemos preguntarnos como fue su historia, con una conciencia critica. Por que nos guste o no, nosotros como miembros de esta sociedad tambien somos responsables de lo que ocurre. Si este padre tuvo una infancia llena de malos tratos, nosotros fallamos al no haberlo protegido cuando era un niño….

  • Juan

    Estoy deseando leer la ponencia por el acierto tanto del contenido de la tematica como del ponente. Que gran verdad es la de para poder comprender hay que buscar en el pasado. Que empiece ya!!!

  • Yolanda Luz

    Me parece muy interesante y absolutamente necesario el enfoque que le das al trabjo con estas familas. Me parece muy acertada, ya que es cierto que uno de las dificultades con las que nos enontramos a la hora de trabajar con las familas somos nosotros mismos, por lo que creo muy necesario que previamente a la intervención con casos trabajemos nuestra competencia en este sentido.Aunque en los programas de tratamiento se hace mención de la posición que deseablemente deben adoptar los técnico en el desarrolo de su trabajo, no encuentro que se contemple una formación específica como requisito para la intervención.¿Qué herramientas propondrías para dar respuesta a esta situación?.¿Existe algún mecanismo que revise el trabajo que se realiza con las familias desde los ETF?.
    Felicidades por la intervención.

    • Javier Vilches

      Hola Yolanda. Te cuento que cuando se crearon los ETF, se organizó una formacion conjunta, con el obejtivo de que los profesionales tuvieran las suficientes herramientas como para poder trabajar con estas familias de forma exitosa.
      No obstante, es importante que los profesionales que trabajan en los ETF tengan una amplia formacion en intervencion familiar.
      Con respecto a la revision del trabajo, considero al iqual que tu, que seria de gran ayuda poder disponer de dispositivos de revision de casos que nos permitan analizar nuestras intervenciones y corregir nuestros errores.
      Un saludo.

  • melare

    Me gustaría saber si en España se estudia de algún modo la cuestión socio-política en este ámbito como ocurre en Latinoamérica; y si es así donde puedo encontrar tal documentación.

  • melare

    Perdón por socio-política me refiero a la evolución de la legislación en relación a este tema; unido a la evolución de los parámetros de crecimiento de las desigualdades sociales y el agravamientos de la calidad y dignidad de vida de las clases trabajadoras (riesgos de exclusión social); es decir existen en España algunos trabajos de investigación bajo esta tesis.

    • Javier Vilches

      Hola Melare, realmente creo que en la ponencia sobre legislacion quiza te puedan orientar donde poder documentacion sobre legislacion centrada en tema que deseas.
      Un saludo

      • melare

        Muchas gracias Javier.

  • M teresa

    Quisiera tener bibliografia y jurisprudencia sobre el interes superior del menor en caso de padres con enfermedad mental cronica, con comportamientos agresivos, lo que provoca situaciones de riesgo objetivas.

    • Fran

      Seguramente mañana a partir de las dos intervenciones que tratan sobre el interés superior del menor podrás obtener indicaciones sobre esto.

  • Mª Dolores Valdera

    Muy interesante el enfoque de Javier,especialmente en lo relativo a la busqueda de cualidades positivas en la familia. Me pregunto:¿Es posible que nuestro intento de empatizar con los padres nos lleve a minimizar el riesgo real del menor?

    • Jesús

      Es un error que se puede comenter sino se trabaja la relación con la familia con una perspectiva exclusivamente profesional. A reforzar para mejorar este trabajo la formación continua de los técnicos, esta se hace en salud con total normalidad y no creo que el trabajo que se lleva a cabo en este área sea menos importante y por supuesto fomentar el trabajo en equipo.

    • Javier Vilches

      Gracias Mª Dolores por tu reflexion, ya que me parece muy interesante. Obviamente podemos caer en este error cuando empaticemos con la familia, obviar el sufrimiento del niño/a, sobre todo cuando el sufrimiento no es verbalizado por el menor.
      Por este motivo, recalco lo que le he comentado a Antonio Molina, sobre la necesidad de que los profesionales deben de estar muy formados en sufrimiento infantil y en como los niños y las niñas pueden expresar este sufrimiento. Debemos conocer perfectamente el desarrollo evolutivo de los bebes, niños y niñas, para poder detectar cuando existe algun retraso. Conocer a que edad el niño comienza a gatear, andar, balbucear, hablar, cuando adquiere pensamiento simbolico, etc. Todos estos conceptos deben de ser manejados por los profesionales.
      Un saludo

  • Carmen A. Pizarro

    Me parece una exposicion clara y brillante . Te has referido a los distintos dispositivos de atencion al menor ¿Que podriamos hacer para que existiese una mejor coordinacion entre ellos?

    • Javier Vilches

      Gracias Carmen. Existen procesos de coordinacion entre los difentes equipos, pero quizas todavia tenemos que trabajar mas en este sentido para poder lograr una mayor colaboracion de todos. Salud Mental, Educacion , Policia, etc….
      Un saludo

  • Eduardo

    Javier pienso que una parte de esta teoria es extrapolable a otros conflictos ejemplo de pareja.
    Que te parece?

    Me ha parecido una exposicion brillante y posiblemente novedosa

    • Javier Vilches

      Hola Eduardo, me parece muy acertada tu reflexion, ya que de alguna manera nuestras historias familiares nos influyen en nuestro desarrollo.
      Dentro de la corriente sistemica, existe el enfoque trigeneracional , indicado para trabajar con parejas tambien , que se centra en la revision historica familiar de cada miembro de la pareja, con el objetivo de fomentar una diferenciacion por parte de cada miembro de la pareja.
      Si estas interesado en el tema, te puedo mandar algun articulo interesante. Un saludo Eduardo.

  • carmen

    La ponencia me ha parecido brillante, muy didáctica.
    Comparto la opinión del riesgo que se corre cuando se empatiza con la famlia del menor en situación de riesgo,a la vez que es fundamental ahondar en el pasado de la misma para poder entender verdaderamente el problema e intentar que no se repita la misma situación de generación en generación y que el menor se convierta en un futuro maltratador.

    • Javier Vilches

      Gracias Carmen por tu aportacion. En mi opinion existe un gran dificultad para poder conseguir una posicion de aceramiento a la familia, sin llegar a empatizar de tal modo que minimicemos el maltrato hacia el niño/a. Por este motivo es fundamental poder adquirir una vision historica-comprensiva del maltrato que nos permita alejarnos de una posicion de juzgamiento moral de estos padres y madres.
      Un saludo

  • Inma G.P.

    Ojalá todos los profesionales implicados en menores lleguen a ser tutores de resiliencia!
    Desde mi punto de vista significaría que ven al “ser”, sin obviar al “hacer”, tanto en el maltratador como en el maltratado. La resiliencia es clave para una evolución positiva de la problemática, tanto en unos como en otros.
    Desgraciadamente hay situaciones que sólo creo posible fomentar esa resiliencia alejando a los maltratados del contexto maltratador.
    Gracias por tu fantástica exposición.
    Un saludo

D. Javier Vilches Alonso. Psicólogo y Terapeuta Familiar con experiencia en programas de mediación familiar y en servicios de atención a familias y equipos de tratamiento familiar.

25 de Noviembre

10:00 El interés del menor: punto de partida y principio de las medidas de protección

El interés del menor: punto de partida y principio de las medidas de protección

María Encarnació Roca Trías es Magistrada de la Sala Primera del Tribunal Supremo. Además es Catedrática de Derecho Civil de la Universidad de Barcelona y Cruz de Sant Jordi 2003, concedida por la Generalitat de Cataluña.

El interés superior del menor es un concepto que debe tenerse en cuenta en todas las actuaciones tanto de la Administración pública como en los órganos judiciales, aunque es abierto y debe interpretarse la ley vigente en cada caso concreto. Es, por tanto, un principio rector que debe guiar a la administración en la toma de decisiones en cuanto a la protección de los niños y niñas.

En determinadas sentencias del tribunal Europeo de Derechos Humanos se deduce que se debe priorizar, en la medida de lo posible, la continuidad de los niños y niñas en sus familias biológicas, y en este sentido ha llegado incluso a sancionar a varios países de Europa, y esa es la línea que sugiere igualmente el Tribunal Supremo, aunque con la debida vigilancia por parte de la Administración pública.

En definitiva, la Administración Pública tiene la responsabilidad de tomar las decisiones, pero también el de supervisión y revisión de las medidas que ha tomado.

Mantener al menor en su familia biológica debe ser la máxima prioridad y hacerlo fuera de la familia sólo cuando no sea posible hacerlo de otro modo.

Como continuación a lo expuesto propongo que podamos seguir el debate a través de la plataforma online reflexionando sobre las cuestiones que os presento:


Propuestas para el debate

  • Corresponde a la Administración tomar medidas de carácter ejecutivo ante una situación de riesgo del menor, pero ¿no podría estar la Administración tomando decisiones precipitadas en algunas ocasiones entendiendo que un caso es de desamparo cuando podemos estar sólo ante una situación de riesgo que podría subsanarse con medidas alternativas?

  • ¿Qué mecanismos se podrían articular para que la Administración Pública pueda mejorar la revisión de las medidas de protección?

  • ¿En que medida puede influir la actual definición del procedimiento de desamparo, tanto en el ámbito administrativo como judicial, en la relación que debe mantener la Administración Pública con la familia biológica para que el menor pueda mantenerse dentro de esta en la medida de lo posible?


Debate

  • Fca. Isabel garcía Maldonado

    Buenos días, soy medico de la Delegación para la Igualdad y Binestar Social de Almeria, trabajando en el Centro de Acogida inmediata de Menores en Protección desde el año 2000,

    Dreo que el Foro de la infancia es un buen lugar para debatir lo que durante todos estos años me pregunto, más veces de las que quisiera:

    Si el interés de Menor es lo que prima, punto de partida

    ¿Porque se dilantan tanto los juicios donde se retiran a los menores como medida cutelar?
    ¿No sumamos al maltrato familiar el institucional?
    ¿Porque la Justicia no prioriza al los menores, como hace con otros colectivos?
    ¿Porque se retira al menor de su medio familiar y el “supuesto” maltratador o abusador se queda dentro?…

    Muchas gracias

  • carmen

    Me hago estas mismas preguntas constantemente. Me daría por satisfecha si se me aclarara alguna de ellas en este foro.

  • Pepe

    Todo esto hay que bajarlo a tierra, a la realidad de los recursos residenciales. Mi experiencia me dice que el ingreso de los menores en los centros de protección viene dado por la urgencia que tienen los propios centros, dando igual las necesidades y prioridades de los menores. ¿o ahora se cumplen con las directrices dadas en la legislación vigente sobre acogimiento residencial?

  • Antonio Molina

    Me parece importante que situemos estas sentencias judiciales en su contexto y dimensionemos correctamente el problema. Una vez más el CGPJ no ofrece datos sobre el número de desamparos que resuelven los jueces, así que por ahí abría que empezar. Sin embargo si sabemos algunas cosas. En Andalucía se atienden en los ETF a 10.000 familias mientras que se declaran en torno a 1000 desamparos, lo que quiere decir que la mayoría de los casos, un 90% están en preservación. De los desamparos tan solo se recuren una parte, no sabemos cuantos. En Cádiz no llega al 10% y de estos tan solo un 1% son estimados. Importantísimo conocer cual es la dimensión del problema en toda España, entonces podremos analizar mejor.

  • Agustín López Sánchez

    Sinceramente creo que la intervención de la Sra. Magistrada no ha aportado casi nada al esclarecimiento de lo que se debe entender por interés del menor y sí, una vez más dentro del ámbito judicial, ha resaltado lo puntual y extraordinario (no revisión de las medidas, etc..) dotándolo de apariencia de habitual o frecuente en la actuación de la Administración. También me surgen ciertos temores cuando, tal como le he entendido, coloca el retorno a la familia biológica prácticamente por encima de todo, sin matizar hasta cuando es razonable que el menor espere a que sus padres estén en condiciones de cuidarlo, o si es lo mismo que el menor tenga 1 año o que tenga 14, u otras cuestiones como la dependencia absoluta del mantenimiento de la declaración de desamparo a la resolución de procedimientos penales contra los padres (como p.ej. en casos de abusos sexuales), que todos sabemos tardan años en resolverse, o el establecimiento de visitas con padres de los que se sospecha con fundamento que ha abusado sexualmente de sus hijos.

Dª María Encarnación Roca Trías. Magistrada de la Sala Primera del Tribunal Supremo y Catedrática de Derecho Civil de la Universidad de Barcelona

11:00 El interés superior del menor. La declaración de desamparo, la reinserción del menor con su familia

El interés superior del menor. La declaración de desamparo, la reinserción del menor con su familia

Rosa María de Castro Martín es Magistrado Decano del Área Civil del Gabinete Técnico del Tribunal Supremo.

Es muy difícil la definición o determinación de qué es el interés superior del menor cuando, tanto por el legislador como por la doctrina y la jurisprudencia, se ha querido dejar como un concepto deliberadamente indeterminado. Un concepto indeterminado que habrá que integrar en cada supuesto concreto. Y dada esta dificultad, aplicar los distintos criterios de ponderación recogidos tanto por la doctrina, como por la jurisprudencia.

Tras analizar el encuadre normativo, su regulación en el ordenamiento jurídico español e internacional, se señala que el interés superior del menor está configurado como principio rector de las actuaciones de los poderes públicos. Es un principio garantista. En toda decisión que concierna al niño deben considerarse primordialmente sus derechos. Además es un rector-guía de gran amplitud ya que no solo obliga al legislador, sino a todos las autoridades e instituciones públicas y privadas, y muy especialmente a los padres y madres. Es también una norma de interpretación y/o una resolución de conflictos jurídicos. Y finalmente, es una orientación o directriz política para la formulación de políticas públicas de infancia. Todo ello contribuye al perfeccionamiento en los derechos de los menores y en su conjunto al desarrollo de una sociedad democrática.

Posteriormente, en el análisis de resoluciones judiciales se aproxima a los criterios para valorar lo que supone el interés superior del menor, lo que ha sido reiterado por el Tribunal Constitucional al afirmar que el interés del menor está por encima del de sus progenitores.

Es decir, en los conflictos de los principios de reinserción en la propia familia y el interés del menor, la superior jerarquía de este último debe prevalecer pues la directriz sobre el interés del menor se formula con un carácter absoluto “se buscará siempre” mientras que la directriz sobre la reinserción familiar se formula con carácter relativo “se procurará“.

Desde esta perspectiva, el derecho de los padres biológicos no es reconocido como un principio absoluto cuando se trata de adoptar medidas de protección respecto de un menor desamparado y tampoco tiene carácter de derecho o de interés preponderante, sino de fin subordinado. Subordinado al fin al que debe atenderse de forma preferente, que no es otro que el interés del menor. La adecuación del interior del menor es el punto de partida y el principio en que debe fundarse toda actividad que se realice entorno a la defensa y la protección de los menores.

En definitiva, se concluye que las necesidades de los menores son el eje de sus derechos y protección. Y por tanto, para determinar si es adecuada o no la reintegración del menor con su familia biológica, será necesario estudiar las circunstancias del caso concreto y, dentro de ellas, decidir en interés del menor.


Propuestas para el debate

  • El carácter indeterminado del interés superior del menor impide una interpretación uniforme y, en consecuencia, ¿puede permitir que las resoluciones que se adopten basadas en ella reduzca la tutela a los derechos del menor?
  • El debate sobre la aplicación de las reglas jurídicas según las distintas culturas alcanza también el ámbito de la infancia y, en concreto, a normas sociales relativas a la crianza en diversos contextos culturales.
  • ¿Cómo resolver los conflictos que pueden surgir entre derechos del niño, interés superior y diversidad cultural, resguardando la pertenencia del menor a su medio cultural?
  • Existen jurisprudencias contradictorias, de audiencias provinciales, al examinar la declaración de desamparo de un menor y el cambio de circunstancias en los progenitores, que puede llevar a considerar su posible reintegración en su familia biológica. ¿Cómo se resuelve el conflicto del interés del menor en relación con la existencia de ese cambio de circunstancias?

Debate

  • Juan Carlos Chans

    En relación a la 2ª propueta qué planteas, traslado aquí parte de mis opiniones vertidas también en otro de los debates ;Empiezo diciendo que en situaciones como las que voy a tratar de describir a continuación ,creo que es altamente imposible conciliar las dos premisas primeras de los derechos de los niños y su interés superior , con tratar de resguadar una diversidad cultural y pertenencia a un medio cultural ;¿Cómo no dar prioridad a lo primero sobre lo segundo ? sobre situaciones que todaslas instituciones vienen constatando ,que se producen situaciones de niñas y niños que inician dinámicas de emancipación familiar relacionadas a determinantes étnicos culturales? estoy hablando d 12 y 13 años;con evidencia de prácticas de relaciones sexuales y altísmos riesgos de embarazos y paternidades inadecuadas ;abandonos irreversibles de escolarizaciones obligatorias;donde además confluyen por parte de los padres consentimientos vamos a decir que culturales , cuando no , en mi opinión dejación de las obligaciones inherentes a la patria potestad de los padres de estos menores ;¿qué hacer cuando la colaboración y las medidas de intervención a veces consensuadas ,resultan de todo punto incumplidas por los padres y los propios niños ? cuando la frecuencia de este tipo de casuísticas es muy elevada , en determinados entornos con elevados índices de población en situación de exclusión , aprecio que hay una tolerancia institucional generalizada ; ¿me pregunto si ello no roza el desamparo institucional de estos menores?mas cuando en muchos de estos casos resultan agravados además de por los elementos expuestos, por otras circunstancias incapacitantes en los padres de estos menores que inician dinámicas de emancipación(adicciones,actividades económicas marginales etc .Mi propuesta es de actuaciones basadas en valorar caso por caso , tolerancia mínima ,intervenciones institucioanles ejemplares ante todo caso del que la administración tenga datos suficientemente contrastados, lflexibilidad e implicación de los menores y padres hasta hasta donde se pueda siempre,tratando de informar contextualizar adceuadamente todas las consecuencias institucionales que pueda tener las situaciones descritas

  • Rafael del Río Santana

    Buenos días: Soy Psicólogo experto en Psicología Forense, con 20 años de ejercicio profesional. Me gustaría comentar sobre el 2º DEBATE lo siguiente: cuando los organismos pertinentes valoran, inicialmente, una situación de desamparo y declaran a los menores en una clara situación de desprotección, ¿por qué no realiza un estudio longitudinal sobre la familia biológica o circunstancias que llevaron a declarar tal situación? En dicho caso, se valorarían y examinarían dichas circunstancias y, en el caso de que las mismas hayan cambiado o modificado sustancialmente, la declaración de desamparo del menor debería rebocarse y considerarse su posible reintegración en su familia biológica. Con todo ello, se ahorraría tiempo y procedimientos judiciales eternos, con lo que la integración del menor y del resto de los miembros de la familia sería más positiva. Gracias y saludos

    • Agustín López Sánchez

      Hola,soy Picólogo y actualmente Jefe del Servicio de Protección de Menores de Cádiz. Respecto a tu comentario quiero dejar constancia que eso que dices es precisamente lo que de manera sistemática se hace, o se debe hacer. Es decir, analizar la dinámica familiar a través de la propia historia de la familia, comenzando al menos dos generaciones anteriores al menor y de ahí poder elaborar hipótesis sobre cómo funciona esa familia, qué juegos relacionales se dan en ella y así no sólo llegar a comprender por qué se ha llegado a la situación de desamparo sino, lo más importante, si realmente es posible un cambio que permita el retorno del menor con su familia en un tiempo razonable, es decir, realizar un diagnóstico y un pronóstico.

Dª Rosa María de Castro Martín. Magistrado Decano del Área Civil del Gabinete Técnico del Tribunal Supremo

  
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