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Observatorio de la Infancia en Andalucía y Adolescencia de Andalucía
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Ley 8/2010, de 23 de diciembre, de garantía de derechos y atención a la infancia y la adolescencia (BOE n.19, de 22.01.11)


942

Año: 2011

Autor: Parlamento de Cantabria

Lugar de Edición: Madrid

Editorial: Boletín Oficial del Estado (BOE)

Año de edición: 2011

Páginas: 59 p.

Idioma: Español

Fuente: Boletín Oficial del Estado (BOE)

Formato: Electrónico

Órgano: Parlamento de Cantabria

Rango: Leyes

Temáticas: Bienestar social, protección y prevención, Derecho y legislación

Descriptores: legislación, infancia, derechos del niño, protección a la infancia, adolescencia, Comunidad Autónoma de Cantabria

Resumen:

La presente Ley incorpora los principios básicos del contenido de la Ley de Cantabria 7/1999, de 28 de abril, de Protección de la Infancia y Adolescencia, pero se propone como objetivo incorporar los avances y la experiencia ganada en este terreno en los últimos años, así como profundizar en el reconocimiento de derechos de las personas menores de conformidad con una sociedad más integradora y participativa, atendiendo al mandato contenido en el artículo 9.2 de la Constitución Española, según el cual corresponde a los poderes públicos promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas; remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social. Se atiende, por otra parte, a la consideración que merecen las personas menores como integrantes de la ciudadanía de Cantabria, con participación en la configuración de la sociedad en que se desenvuelven, en la medida que su edad les habilita, asumiendo también las responsabilidades que su participación social implica.

Con este objeto, la Ley no sólo establece un elenco de derechos, y obligaciones, sino que marca el rumbo a las familias y a las personas directamente responsables del cuidado y bienestar de las personas menores, a la sociedad en general y a los Poderes públicos, para que profundicen en la consideración de aquellas como parte activa de la ciudadanía, no sólo como sujetas pasivas de la acción protectora de los Poderes Públicos. Por esta razón, el contenido de la Ley no es unidireccional hacia los servicios sociales, sino que afecta a múltiples ámbitos en que las personas menores se desenvuelven, como la educación, la sanidad, el medio ambiente, el ocio o el urbanismo, sentando como principio la colaboración y coordinación de sus responsables para conseguir el máximo bienestar para la infancia y la adolescencia de Cantabria.

En esta línea, la Ley se propone ampliar y sistematizar el espectro de los derechos y de las obligaciones, pero también, como se expondrá, dar un nuevo contenido a las situaciones de desprotección infantil, más acorde con las causas que los motivan y las consecuencias que se derivan de las mismas, que permite modalizar las medidas a aplicar y las soluciones, y establecer la coordinación de las funciones que en materia de protección de la infancia y adolescencia asumen los agentes de las distintas Administraciones que integran el Sistema Público de Servicios Sociales de Cantabria.

Con esta Ley se avanza sustancialmente en la configuración de este Sistema Público, creado por la Ley de Cantabria 2/2007, de 27 de marzo, y que junto a la atención a la dependencia y la prestación de apoyos para superar situaciones de desventaja social, contempla la protección de la infancia y la adolescencia como uno de sus ejes fundamentales.

Asimismo, cabe citar la incorporación en la nueva Ley de la regulación de la atención socioeducativa a adolescentes infractores, consecuencia de la ejecución por la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria de las medidas previstas en la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores (resumen sacado de la propia ley).

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