Año: 2019
Autor: Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social del Gobierno de España
Lugar de Edición: Madrid
Editorial: Boletín Oficial del Estado (BOE)
Año de edición: 2019
Páginas: 26 p.
Idioma: Español
Fuente: Boletín Oficial del Estado (BOE)
Formato: Electrónico
Órgano: Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social del Gobierno de España
Rango: Reales Decretos
Temáticas: Red familiar
Descriptores: adopción internacional, familia adoptiva, niños adoptados
Resumen: Es objeto de este reglamento, el desarrollo de los siguientes aspectos de la Ley 54/2007, de 28 de diciembre, de Adopción internacional:
a) La iniciación y suspensión o paralización de la tramitación de adopciones internacionales.
b) El establecimiento del número máximo de expedientes de adopción internacional que se remitirá anualmente a cada país de origen y su distribución entre las Entidades Públicas y los organismos acreditados.
c) El procedimiento para la acreditación de los organismos de intermediación en adopción internacional, así como la eficacia de la acreditación concedida, y la retirada de la misma.
d) El modelo básico de contrato entre los organismos acreditados para la intermediación en adopción internacional y las personas que se ofrecen para la adopción.
e) El seguimiento y control de las actividades de los organismos acreditados.
f) La creación y regulación del Registro Nacional de Organismos Acreditados de Adopción internacional y de Reclamaciones e Incidencias.