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Observatorio de la Infancia en Andalucía y Adolescencia de Andalucía
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Ley 32/2003, de 3 de noviembre, General de Telecomunicaciones.(BOE n.264, de 04.11.03)


227

Año: 2003

Autor: Jefatura del Estado

Editorial: Jefatura del Estado

Año de edición: 2003

Páginas: 35 p.

Ámbito geográfico: Nacional

Idioma: Español

Fuente: Boletín Oficial del Estado (BOE)

Formato: Web

Órgano: Jefatura del Estado

Rango: Leyes

Temáticas: Tecnologías de la información y la comunicación, Derecho y legislación

Descriptores: ley, ciencias y tecnología, tecnología, nuevas tecnologías

Resumen: Ley 32/2003, de 3 de noviembre, General de Telecomunicaciones.

Referencia a la infancia en su artículo 3.e).

e) Defender los intereses de los usuarios, asegurando su derecho al acceso a los servicios de comunicaciones electrónicas en adecuadas condiciones de elección, precio y calidad, y salvaguardar, en la prestación de éstos, la vigencia de los imperativos constitucionales, en particular, el de no discriminación, el del respeto a los derechos al honor, a la intimidad, a la protección de los datos personales y al secreto en las comunicaciones, el de la protección a la juventud y a la infancia y la satisfacción de las necesidades de los grupos con necesidades especiales, tales como las personas con discapacidad.
A estos efectos, podrán imponerse obligaciones a los prestadores de los servicios para la garantía de dichos derechos.

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