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Observatorio de la Infancia en Andalucía y Adolescencia de Andalucía
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IX Foro Andaluz de la Infancia

Entrevista a José Chamizo de la Rubia

Defensor del Pueblo-Defensor del Menor de Andalucía


¿Cómo cree que se debe distribuir la responsabilidad en cuanto a la adecuada atención de la infancia entre progenitores, medio familiar y social y poderes públicos?

Vivimos en una sociedad cuyo modo de vida se caracteriza por la falta de tiempo necesario para atender las necesidades familiares que no sean las estrictamente económicas. Las largas jornadas de trabajo de padre y madre dificultan su implicación, con la intensidad y continuidad deseable, en la adecuada atención a los hijos.

Somos testigos de cómo esa ausencia de tiempo y de diálogo por parte de la familia impide que ésta asuma su papel de educadora. Sin embargo, corresponde a padres y madres establecer con claridad y contundencia límites a las conductas de hijos e hijas, tan necesarios para su educación y correcto desarrollo. Ellos y ellas han de fomentar la responsabilidad de los propios menores favoreciendo su autonomía e impregnándoles de valores seguros, estables, abiertos y eficaces para desenvolverse en la sociedad.

Pero a pesar del protagonismo de la familia, cada vez con mayor intensidad la tarea de formación de las personas menores se ha delegado en la escuela que, a su vez, desbordada por los programas escolares y por la falta de preparación no parece estar dando las respuestas que se demandan.

Por otro lado, corresponde a los poderes públicos profundizar en la conciliación de la vida laboral y familiar, y mucho me temo que en épocas de crisis económica como la actual están primando otros objetivos y necesidades, dejando en un segundo plano el camino iniciado, que tanta trascendencia ha de tener en la formación de niños, niñas y jóvenes.

¿Cuántas denuncias de situaciones de riesgo de menores recibió la oficina del defensor del Menor en 2009 y cuáles son las más frecuentes?

Durante el año 2009 se recibieron 94 quejas que suscitaban cuestiones relacionadas con situación de riesgo de las personas menores. Además, el servicio del Teléfono del Menor atendió un total de 86 llamadas donde se denunciaban carencias o dificultades en la atención básica de niños, niñas y adolescentes.

Respecto de cuáles son las denuncias más frecuentes, muchas de ellas se refieren a menores que forman parte de un medio sociocultural y económico desfavorecido, presentando los progenitores problemas personales que inciden en la falta de cuidados y atención a sus hijos.

También la conflictividad familiar asociada a situaciones de ruptura del vínculo matrimonial o la simple relación de pareja hacen que uno de los progenitores se dirija a nosotros alegando los deficientes cuidados de quien ostenta la guarda y custodia respecto de su hijo o hija, e incluso invocando el riesgo que implica el que la persona menor pudiera sufrir lo que se conoce como "síndrome de alineación parental".

En otras ocasiones las familias acuden a la Institución en demanda de ayuda ante las conductas inadaptada de algunos menores, generalmente adolescentes, preocupándose por los entornos nada favorecedores que pudieran frecuentar, y como este hecho puede influir en el correcto desarrollo de su personalidad.

Y en la vertiente educativa, aunque no son cuantitativamente significativas no dejan de recibirse quejas relativas a la aparente inactividad de las Administraciones Públicas ante conductas de absentismo escolar, generalmente referidas a menores en edad adolescente cercanos a la edad límite de la escolarización obligatoria. En estas edades, la complejidad de la intervención exige la implicación de la administración educativa, de los servicios sociales y de la propia persona afectada, quien es precisamente la que en muchas ocasiones hace fracasar, por ausencia total de colaboración, las medidas previstas en su favor.

Por último, una referencia a las tecnologías de la información y comunicación y cómo las nuevas redes sociales provocan situaciones de riesgo en los menores, en este caso vinculadas a una ausencia de protección por sus progenitores bien derivada de la conocida como "brecha digital", bien por negligencia o percepción inapropiada de los riesgos que el mal uso de internet y las redes sociales puede provocar.

 

¿Qué tipo de medidas son necesarias para prevenir estas situaciones y potenciar la protección a la infancia más desfavorecida?

No me cansaré de repetirlo: Prevenir antes que reparar.

Los equipos de tratamiento familiar desarrollan una importante labor preventiva pero, lamentablemente, en estos momentos de crisis económica tenemos noticias de que estos dispositivos podrían dejar de prestar su labor por cuestiones de financiación. Esto puede provocar el efecto indeseado de menores que dejen de estar convenientemente protegidos o lo contrario, desproporcionadamente protegidos mediante medidas que implican la separación del medio familiar por no disponer de medios con que reconducir la situación de riesgo tratándose de familias susceptibles de revertir dicha situación.

Cuando la prevención ya no es posible, emerge la intervención del Ente Público de protección de Menores con medidas más contundentes que pueden implicar la separación de la persona menor de su núcleo familiar. En este punto, resulta clave la agilidad en dicha intervención y la flexibilidad necesaria para adaptarse a las circunstancias cambiantes del menor y su familia, ello conciliando a la vez el cumplimiento de los trámites procedimentales y las garantías previstas en la legislación en respeto de los derechos de las personas implicadas.

Otra medida debe ir dirigida a procurar llenar el tiempo de ocio de las personas menores con iniciativas atractivas de cultura, deporte, arte, medio ambiente, etc. que les aleje de conductas nocivas para si mismos y para la sociedad. En zonas especialmente conflictivas se requiere del esfuerzo decidido de las Administraciones por recuperar la calle, los espacios públicos de juego y evitar la repetición por imitación de conductas totalmente inapropiadas para su formación. Estoy convencido de la importancia de volver a recurrir a las medidas de dinamización sociocultural y educación de calle para que las personas menores visualicen otro tipo de comportamientos y cauces adecuados para el desarrollo de su personalidad.

Del mismo modo, creo que es necesario propiciar la participación de la infancia y la juventud. Hay que escuchar sus quejas y demandas, y articular medios de respuestas adaptados a la sociedad actual.

 

¿Cuáles son las actuaciones más relevantes en relación a menores en riesgo que ha llevado a cabo la oficina del Defensor del Menor en Andalucía a lo largo de este año?

En el Informe del Defensor del Menor del año 2009 se recogen en el correspondiente capítulo las principales resoluciones dictadas a lo largo del ejercicio que afectan a menores en situaciones de riesgo. Muchas de estas actuaciones se refieren a las garantías procedimentales en los procedimientos de desamparo provisional tras comprobarse situaciones de grave riesgo.

Pero de todas ellas, destacaría aquella en la que demandamos a la Administración la elaboración de un programa de intervención especializado referido a menores inimputables implicados en hechos que derivarían, de no ser por la edad (menor de 14 años), en la exigencia de la correspondiente responsabilidad penal.

Esta recomendación venía fundamentada en la queja que iniciamos, de oficio, tras las informaciones aparecidas en medios de comunicación que relataban como un banda más o menos organizada de menores venían protagonizando hechos violentos de los cuales en ocasiones eran víctimas otras personas también menores de edad.

En este caso, tras felicitarnos por el éxito de la intervención policial, no exenta de dificultades, nos cuestionamos la respuesta de las Administraciones ante la novedad de la participación de menores de tan corta edad, en algunos casos inimputables desde el punto de vista de la legislación de responsabilidad penal al no alcanzar la edad de 14 años. También centramos nuestra atención en los servicios proporcionados a las víctimas de tales hechos delictivos, en su mayoría menores de edad, quienes además de soportar la violencia ejercida durante el robo, sufrieron una situación de desamparo ante la amenaza de que pudieran repetirse idénticos o mayores hechos violentos.

Se trata de una cuestión ciertamente compleja, tanto como lo es en sí el fenómeno de la violencia o delincuencia juvenil, pero como Institución encargada de la defensa de los derechos de las personas menores realizamos una llamada de atención sobre las potencialidades de determinadas actuaciones que se encuentran en manos de la Administración y que convenientemente aplicadas contribuirían, según nuestra apreciación, a una mejor atención de los niños y niñas implicados en estos incidentes, tanto a los agresores como a las víctimas.

No quiero dejar de referirme a otras resoluciones que si bien no atañen de modo directo a las situaciones de riesgo de menores, tal como son descritas en la Ley de los Derechos y la Atención al Menor, si inciden en las mismas de un modo indirecto: Los puntos de encuentro familiar. Son unos recursos que están jugando un papel decisivo en supuestos de rupturas familiares conflictivas que tan negativamente repercute en los hijos e hijas.


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